El Constitucional admite el recurso contra le ley andaluza
El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad presentado por el Partido Popular el pasado enero contra la Ley de Farmacia de Andalucía (LFA), según publicó el Boletín Oficial del Estado el pasado lunes.
El documento, eleborado por el gabinete jurídico García de Enterría y promovido por más de cincuenta diputados del PP, se refiere a los artículos 13 (elaboración y dispensación de fórmulas magistrales y preparados oficinales), 33.2 (adjudicaciones y autorizaciones), 40.1.a) (caducidad de las autorizaciones), 41.1.c) (procedimiento de adjudicación de nuevas oficinas) y 47.1 y 3 (transmisiones).
La decisión del Constitucional no sorprende a priori, porque, como ya ocurrió con las leyes farmacéuticas de Extremadura y Castilla-La Mancha, sobre las que se pronunció el tribunal, el recurso pide que se eliminen las restricciones a las transmisiones onerosas y, como analizaron varios juristas, "el TC sería incoherente con su doctrina si no anulara el concurso de méritos de las transmisiones".
La polémica
Precisamente fue el artículo 47 el que más polémica generó a lo largo de todo el trámite parlamentario de la norma, hasta el punto de crear dos bandos entre la profesión: por un lado, el Consejo Andaluz de COF entiende que la Administración tiene competencias para regular las transmisiones, aunque sin imponer limitaciones totales, y, por otro, la Confederación Empresarial de Oficinas de Farmacia de Andalucía (Ceofa) considera que imponer un concurso de méritos es inconstitucional.
Del mismo modo, la noticia de la admisión a trámite del recurso se ha recibido de distinta manera. Para el presidente del Consejo Andaluz de COF, Manuel Arenas, "se podían haber mejorado algunos temas de ley si hubiesen llegado a un consenso los grupos políticos"; no obstante, afirma que "será el Constitucional el que dentro de unos años dará o quitará razones".
El presidente de Ceofa, Ángel Pérez, explica su satisfacción por la decisión del tribunal, "sobre todo, porque no se habría admitido a trámite si no hubiera apreciado visos de inconstitucionalidad", y añade que "no se trata de una defensa de privilegios, como algunos han manifestado, sino de una cuestión de derechos de la profesión farmacéutica andaluza".
Asimismo, el recurso de García de Enterría pone n tela de jucio la legalidad del artículo 40 de la LFA, que extiende al cotitular la inhabilitación o la suspensión de un farmacéutico sancionado, que, según juristas, sería claramente inconstitucional, ya que "no se puede extender la responsabilidad o la sanción a alguien que no haya cometido la infracción".
Lo menos claro
Menos clara está para los expertos la defensa del artículo 13, sobre las fórmulas magistrales, "por infringir la competencia exclusiva del Estado en materia de legislación sobre productos farmacéuticos", dice el recurso. Expertos en Derecho farmacéutico apuntan que la referencia que se produce por parte de la ley en la normativa estatal no es tan grande. En particular, el recurso alude a que la ley regula las materias primas, cuando sólo afirma que "las materias primas utilizadas en la preparación de fórmulas magistrales y preparados oficinales tendrán acción e indicación reconocidas legalmente en España".