He comprado un local para trasladar mi farmacia, por un importe superior al valor de tasación realizado por una entidad acreditada ¿Cuál es el valor que tendría que declarar a Hacienda respecto al Impuesto de Transmisiones Patrimoniales?
A nuestro entender, la base imponible del impuesto ha de ser el precio que efectivamente acordaron parte vendedora y parte compradora, independientemente de que el resultado de la tasación fuera inferior.
Al acordar ustedes un precio mayor al de tasación, en definitiva, están demostrando a Hacienda que el valor es superior a la tasación, y conforme a la normativa aplicable, el valor utilizado por la Administración será el acordado por ustedes, salvo que según el criterio de los inspectores sea que es aún mayor, en cuyo caso utilizarían este último. Es para esta última posibilidad para la que las tasaciones son verdaderamente útiles: para tratar de combatir una valoración estimada por Hacienda, pero no al revés, puesto que, al pactar el precio, ustedes ya han aceptado que el precio es superior.