La actualización del convenio me supone varios pagos a mis empleados por los años anteriores. ¿En la declaración de qué ejercicio puedo deducir esos gastos?

Preguntas similares a esta han sido remitidas por varios lectores. Incluso la propia Administración se ha pronunciado al respecto, afirmando que el hecho de que el pago de las cantidades relativas a la actualización salarial del convenio son consecuencia del ejercicio de dicha actividad supone que tales gastos, incluso en el caso de que se produjeran con posterioridad al cese en la actividad, mantengan esa misma naturaleza y, por tanto, deban declararse como gasto dentro del concepto de los rendimientos de actividades económicas en el período impositivo en el que resulta exigible dicho pago, es decir, la fecha que se indique en el Convenio Colectivo firmado.

Temas > FCT Responde, Otros, ¿Dudas?