He acordado con el dueño de un local una opción de compra para dentro de unos años, en la fecha de su jubilación, con intención de trasladar allí mi farmacia. ¿Qué tipo de documento debemos hacer?

En principio, un paso interesante es concretar el acuerdo de opción de compra por escrito, en un documento privado. Una vez que lo tengan ya todo decidido y estén conformes con el contenido, es muy recomendable elevar ese acuerdo a escritura pública e inscribirlo en el registro de la propiedad. 

Tengan en cuenta no obstante que, entre otras condiciones, para que una opción de compra pueda inscribirse en el Registro de la Propiedad el plazo para el ejercicio la misma no debe superar los 4 años. Esperamos que este plazo coincida con los planes del vendedor. 

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