Mi esposa avaló el préstamo que pedí para la compra de mi oficina de farmacia, y quiero reclamar, puesto entiendo que hay cláusulas abusivas, pero me dice mi asesor que no es aplicable la normativa de consumidores y usuarios, puesto que somos empresarios. ¿Es así?

Si un letrado ha estudiado el caso, es probable que la conclusión, puesto que él conoce todos los detalles a tener en cuenta, sea la correcta.

No obstante, quizá pudiera usted comentarle la existencia de una reciente sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo Civil, Sentencia 599/2020, 12 Nov., precisamente sobre un matrimonio catalán, en la que se concluye, en resumen, que dado que los cónyuges están casados en régimen de separación de bienes catalán, al menos en lo que respecta al cónyuge que no ejerce la actividad, sí tendría la consideración de consumidor, y no de empresario, con lo que le sería de aplicación la normativa, más proteccionista, prevista para los consumidores y usuarios.

Naturalmente, otra cosa es que, en el caso de poder seguir adelante con el proceso, las cláusulas a las que usted alude sean finalmente declaradas abusivas.

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