La entidad bancaria que estudia mi financiación para adquirir una oficina de farmacia exige que el fondo de comercio sea tasado, como se hace con los inmuebles, ¿Generalmente cómo se hacen estas tasaciones?, ¿Si el precio de la licencia es más o menos la facturación multiplicado por 2,1, suelen tasar por este valor?

No es habitual que las entidades bancarias exijan la tasación de la oficina de farmacia de cara a la formalización de una hipoteca mobiliaria, esto es, una hipoteca de la propia farmacia como establecimiento mercantil. Usualmente han destacado en este tipo de financiaciones entidades, muy especializadas en el sector farmacéutico, que poseen un gran conocimiento sobre la situación del mercado y respecto de las restantes características de este tipo de operaciones, lo que ha venido descartando la necesidad de esta modalidad de tasaciones. Con la llegada de otras entidades menos especializadas, a lo que se suma tanto las peculiaridades de esta clase de operaciones, como la delicada situación financiera que atravesamos, se está viendo, en algunas ocasiones, la exigencia de que entidades ajenas a la entidad financiera respalden los valores empleados con un dictamen sobre el valor del fondo de comercio.

Respecto a los métodos de cálculo, descartamos que una entidad seria calcule el valor de una oficina de farmacia mediante la aplicación de coeficientes objetivos, como el 2,1, el 1,5 por las ventas, etc., Por el contrario, a lo que atenderán preferentemente es a la rentabilidad y, con ella, a la verosimilitud de que el comprador prestatario pueda afrontar la devolución del préstamo. Es decir, no será tan importante que tal o cual operación se multiplique por un»factor? determinado que pudiera compararse con otras operaciones, sino el hecho de que, una vez abonada la cuota de intereses, parte del principal correspondiente, etc., el comprador pueda disponer de un excedente que le permita afrontar su vida y, en concreto, su inversión con holgura.

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