Estoy casada en separación de bienes, mi marido no es farmacéutico y tengo una hija menor de edad. ¿Puedo hacer testamento de manera que mi marido pueda disponer de los bienes, vender la farmacia que he adquirido y poder afrontar el préstamo?

En primer lugar, tenga en cuenta que es habitual que, con la formalización de los préstamos bancarios, se exija la contratación de un seguro de vida por el prestatario, con el fin de que el pago esté garantizado aún en el caso de fallecimiento.  Revise el proceso de financiación de su oficina de farmacia, porque quizá tenga una póliza contratada.  En caso contrario, y vista su preocupación, póngase en contacto con su corredor de seguros y pídale que le asesore sobre las opciones que tiene.

En cuanto a la posibilidad de testar, entendemos que no hay problema en disponer que sea su esposo quien, llegado el caso, tomara las decisiones sobre la transmisión de la oficina de farmacia, pero tenga en cuenta que la heredera, si no hace testamento, será su hija, y las decisiones que pudieran corresponder a su esposo en ejercicio de la tutela serán fiscalizadas judicialmente, al tratarse de operaciones cuyo objeto son bienes propiedad de un menor.

Posiblemente con el seguro resuelva usted su principal preocupación, pero si lo desea, puede consultar con su notario qué decisiones puede adoptar, por ejemplo a quién nombrar albacea, e incluir tales opciones en un testamento, para orientar el proceso de transmisión de la oficina de farmacia.

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