Acordé con el vendedor que la oficina de farmacia se me transmitía sin personal, pero he sabido que la farmacia tenía un empleado y que éste ha demandado al vendedor, ¿Puedo tener algún problema?

Aplicando al caso la regulación dispuesta en el Estatuto de los Trabajadores, en el supuesto de transmisión de una oficina de farmacia, se produce la sucesión del adquirente respecto a la relación laboral existente en el momento de la adquisición.
El mismo texto dispone que»Sin perjuicio de lo establecido en la legislación de Seguridad Social, el cedente y el cesionario, en las transmisiones que tengan lugar por actos ínter vivos, responderán solidariamente durante tres años de las obligaciones laborales nacidas con anterioridad a la transmisión y que no hubieran sido satisfechas??
Por lo tanto entendemos que usted sí puede ser responsable respecto a este trabajador. Otra cosa es que el transmitente responda a su vez, de los perjuicios causados como consecuencia de esta situación.

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