Actualmente me planteo acceder por transmisión familiar a una oficina de farmacia en Andalucía. Conozco el anteproyecto de Ley de Farmacia que se está tramitando en dicha comunidad. Entiendo que efectuar la operación antes de la aprobación de la Ley puede llegar a suponer ciertas ventajas (posible compraventa, evitar caducidad por edad) pero, lógicamente, el impredecible contenido final de la Ley me genera inquietud a la hora de dar un paso tan importante. Debo sopesar ambos aspectos y no es tarea fácil pues mi único punto de apoyo es un texto no definitivo y de redacción oscura en muchos de sus puntos. ¿En qué momentos de la tramitación de esta futura Ley autonómica los ciudadanos podemos conocer cómo evoluciona la misma? ¿quizás cuando existe un Proyecto de Ley? ¿cuánto tiempo puede transcurrir, a grosso modo y según su experiencia, desde el inicio de los trámites para una transmisión hasta que la administración tiene constancia fehaciente de la misma? ¿suele dilatarse la administración sanitaria en este último punto?

El denominador común de la normativa actual de ordenación farmacéutica, cuando no de toda la normativa de las comunidades autónomas, es el paulatino aumento del intervencionismo en todos los ámbitos y, como usted sospecha, cada vez va a ser más difícil tomar acuerdos libremente entre las partes, de modo que vemos recomendable que tome sus decisiones cuanto antes. Por otro lado, la situación fiscal sabemos claramente que empeorará a partir de enero de 2007, lo cual es otro factor que desaconseja que dejemos pasar el tiempo.

Respecto a la certeza sobre el contenido final de la Ley y al momento de su aprobación, nos tememos que son dos cuestiones que únicamente se conocen, precisamente, en el momento de aprobación, puesto que, hasta el último momento, se pueden ver modificaciones sustanciales.

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