En la venta de mi farmacia, hemos fijado una fecha de firma. Se acerca este día y veo que el comprador tiene problemas con el préstamo. Si, el día previsto no se puede firmar la escritura, ¿puedo dar por resuelta la compraventa? O en caso contrario, ¿qué pasos habré de seguir para que la operación esté resuelta?
La resolución del contrato no es automática, ni mucho menos. Las circunstancias, causas y consecuencias de este tipo de problemas al que usted alude, son muy diferentes en cada caso, por lo que más que nunca, es recomendable que consulte este asunto con un letrado experto, al que habrá de facilitar toda la información que le pida, sobre todo, el contrato firmado.
En este contrato podría haberse establecido una fecha concreta, explicando además, que tal fecha tiene una importancia determinante para usted, por condicionar seriamente cualquier otra decisión suya, como otra compra, desplazamientos, etc., también podría haberse previsto la consecuencia para el caso de que no se firmara la escritura en esa fecha, y habría que atenerse a esa regulación.
Si no se hubiera previsto lo anterior, si por ejemplo, las partes se remiten a un plazo, sin más, para la firma de la escritura, la jurisprudencia viene exigiendo un incumplimiento reiterado y rebelde por parte del comprador, de tal manera que quede constancia de su clara voluntad de incumplir. Cosa distinta sería, por lo tanto, un retraso de unos días debido a la tramitación bancaria: tasaciones que tardan en llegar, el banco que pide más documentación? en ese caso, es más que probable que la autoridad judicial aceptara un cumplimiento algo tardío, pasados unos días del final del plazo previsto.
Si esos»días? son siete, o cincuenta?. Dependerá una vez más de cada caso, y de la apreciación judicial, y le recomendamos que lo valore con su letrado.
En cualquier caso, para acreditar el incumplimiento, es interesante que exista una citación fehaciente, hecha por usted, a una notaría y en una fecha concreta, y que, en caso de que su comprador no se presente, se levante acta para justificar que usted si había acudido, y el comprador no.
De todos modos, los tiempos que corren hacen más compleja que nunca este tipo de tramitaciones bancarias, por lo que también le recomendamos un poco de paciencia: seguramente su comprador está haciendo todo lo que puede.