Hace unos meses adquirí unas acciones en bolsa y financié la compra con un préstamo que me concedió mi banco habitual. ¿Puedo deducir los intereses de ese préstamo para compensar los dividendos que han generado las acciones?
Los dividendos de las acciones tienen la consideración de rendimientos del capital mobiliario, en el cálculo y liquidación de su declaración de I.R.P.F.,y, para el cálculo del rendimiento neto en este apartado, la ley especifica muy claramente que únicamente podrán deducirse los gastos que la ley concreta, entre los que no se cuentan los intereses de capitales ajenos utilizados en la adquisición de esos valores.
Sí podrá tener en cuenta el préstamo con ocasión del cálculo de su patrimonio neto, en relación con la declaración correspondiente al Impuesto sobre el Patrimonio, pero en lo que a dividendos e I.R.P.F. se refiere, los gastos deducibles se reducen básicamente a los de administración y custodia, en los términos que especifica la ley del impuesto.