He leido que ya existe un borrador del Anteproyecto de Ley de Ordenación Farmacéutica en Andalucía. En ella puede leerse textualmente: «La convocatoria pública será igualmente obligatoria para la transmisión de las oficinas. En este sentido, el farmacéutico deberá hacer público el precio de venta y comunicarlo a la Administración para que se convoque un concurso en igualdad de mérito».¿Sería esto una funcionarización de las farmacias?Agradecería que me explicaran las consecuencias que puede tener esta ley.

En resumen, podríamos aventurar que lo que realmente supone la aplicación de este concepto es que, de entre los eventuales compradores, candidatos a la adquisición de la oficina de farmacia en cuestión, la Administración elegiría como idóneo a aquel que acreditara tener más o mayores méritos relacionados con el ejercicio de la profesión.

De ningún modo tendría que suponer esa «funcionarización» del ejercicio profesional, es un procedimiento de selección de eventuales compradores.

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