Me dispongo a vender mi oficina de farmacia y el local en que se ubica. Dicho local está integrado en un inmueble mayor, registrado a mi nombre, que cuenta además con unos sótanos que no deseo incluir en la operación, ¿qué debo hacer para transmitir solo dicho local y no los sótanos?

Usted pretende realizar una modificación en la finca registral de la que es titular, a través de una segregación, esto es, la separación de parte de una finca inmatriculada para formar una nueva. Se trata de una operación registral indispensable siempre que se enajene sólo parte de una finca inscrita. Por la segregación no se extingue la finca matriz, cuyo resto sigue inscrito. Al margen de su inscripción de propiedad se hará constar la segregación efectuada, así como la descripción de la porción restante de dicha finca matriz. La parte segregada origina el nacimiento de una nueva finca, a la que se abre folio propio. En la inscripción de la nueva finca se expresará su procedencia y los gravámenes vigentes de la finca matriz, que la seguirán afectando como si la segregación no se hubiera producido.



Pero además de la segregación registral propiamente dicha, tenga en cuenta que la misma pudiera requerir, con carácter previo, una separación física del local respecto de los sótanos (realización de tabiques o accesos independientes, etc), y que para llevarla a cabo pudiera ser necesario no sólo obtener la oportuna licencia de obras por parte del Ayuntamiento, sino también , la correspondiente autorización de la modificación del local por parte de la Delegación de Sanidad de su comunidad.

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