Mi comprador me pide que, en la escritura de venta de la farmacia, firme como hipotecante. Parece que el banco se lo pide a él, pero yo creo que no tengo que ver nada en la financiación. ¿Tengo alguna obligación?

Entendemos que su comprador está solicitando que usted comparezca como»hipotecante no deudor?, una figura de la que hemos hablado alguna vez en esta sección, pero que se está repitiendo debido a la exigencia de algunos registradores de que, para proceder al registro de la hipoteca mobiliaria que garantiza los préstamos del comprador, tal hipoteca ha de ser formalizada por el titular farmacéutico.

En definitiva, se busca la coincidencia de titular y propietario a la hora de formalizar la hipoteca, lo que es difícil de obtener si pensamos en el comprador, puesto que no será titular hasta que se produzca el cambio administrativo en la administración sanitaria, cambio que, en función de las comunidades, puede llevar desde unos pocos días, hasta varios meses.

Para resolver esta encrucijada, las entidades bancarias podrían optar por esperar a presentar en el registro la escritura de hipoteca hasta que se de el cambio de titularidad a favor del comprador, pero, en vista de los plazos a que hemos aludido, es comprensible que les incomode permanecer sin la hipoteca definitivamente registrada, cuando sí han entregado el importe del préstamo.

Una solución muy sencilla es que sea el propio vendedor el que otorgue la hipoteca sobre su oficina de farmacia, al tiempo que la transmite al comprador. Así, estará hipotecando alguien que es propietario y todavía titular, y acto seguido vende, a un comprador que aceptará, lógicamente, adquirir una farmacia hipotecada, puesto que lo es en garantía de su préstamo.

Al no costarle nada a usted, y ser usual esta maniobra en el sector, entendemos que sí debe usted colaborar con el comprador en este punto, insistimos, es lo usual, y no le supone ningún coste.

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