Mi hija convive conmigo, y no tiene obligación de hacer declaración por IRPF, pero como este año le salen 100 euros a devolver, la ha presentado por su cuenta, de modo que no puedo aplicar el mínimo familiar por descendientes. ¿Podemos anular su declaración?
Suele ocurrir más de lo que parece: Para que un descendiente de derecho a aplicar el mínimo familiar por descendientes, es preciso, entre otras condiciones, que el descendiente conviva con el declarante, que sea menor de 25 años o sea discapacitado, y que no presente declaración de IRPF.
Seguramente, si se dan las circunstancias previstas, su hija no tendría obligación de presentar declaración de IRPF pero, posiblemente, al ver el borrador de declaración, habrá podido ver que "le sale a devolver", aunque sean unos euros y la ha presentado solicitando la devolución, como es natural.
El problema es que con esta maniobra se ha cerrado la posibilidad a sus padres de tener un trato más favorable en su declaración, con seguridad superior a esos euros que le han sido devueltos.
Ahora, sería interesante poder deshacer, o anular, la declaración de su hija (dando por hecho que ella estuviera de acuerdo), pero mucho nos tememos que no será fácil, o al menos no sin recorrer un arduo camino que seguramente tendría que llegar a los tribunales. Es lo que nos hace sospechar la postura de la Administración, contenida en consultas como la V1646/05, en la que afirma que tal anulación no es posible, porque uno de los requisitos es que la declaración presentada hubiera perjudicado los intereses de la declarante y, como los perjudicados son sus padres, se entiende que no se cumplen los requisitos para tal anulación.
No obstante, comente el asunto en su delegación de Hacienda, mejor si le acompaña su asesor, y quién sabe. De todos modos, como suele decirse, el no ya lo tiene.