Mi padré me donó la farmacia en el 2.006. El falleció en el 2.007 y mi madre este año. Vamos a hacer la adjudicación de la herencia ahora y la farmacia entra en colación. ¿Cómo se valora la Farmacia?
Desde un punto de vista económico, la valoración ha de aproximarse al valor de mercado de la oficina de farmacia, basándose en criterios de análisis de la propia oficina de farmacia, como su rentabilidad, obligaciones laborales, disposición del local, evolución previsible? lo que, desde luego, hace poco aconsejable que acuda a la célebre y peligrosa costumbre de multiplicar la cifra anual de ventas por un factor. La recomendación es que se ponga en contacto con una consultoría especializada para que le formule una valoración objetiva y razonada, que pueda ser presentada ante su familia sin el riesgo de generar suspicacia alguna.
En el plano jurídico, es de aplicación, entre otros, el artículo 1.045 del Código civil, el cual, conforme a la interpretación que de él ha hecho el Tribunal Supremo, por ejemplo, en sentencias como las de 9 de julio de 1982 o 22 de noviembre de 1991; dispone que ha de buscase el valor que la oficina de farmacia tuviera en el momento de efectuarse la donación, actualizarlo conforme al la evolución de la inflación durante el plazo transcurrido hasta la partición de la herencia.