Para la compra de mi oficina de farmacia, el banco que me financia me exige que mis padres avalen la operación. En caso de impago, ¿Podría ir el banco directamente contra ellos o tendría que cobrarme primero, embargando mis bienes?

Lo habitual, y se lo confirmará rápidamente su entidad bancaria, es que a la hora de formalizar el aval de sus padres, éstos comparezcan como fiadores solidarios de usted como deudor principal, y esto descarta que la entidad financiera tenga que acudir primero a reclamarle a usted, o a demandarle, embargar y ejecutar sus bienes, antes de acudir a los fiadores.

Por el contrario, el banco lo que buscará es la manera más rápida y menos costosa para obtener el resarcimiento de la deuda y para ello acudirá a ambos patrimonios, localizando los bienes más fáciles de embargar, como los depósitos en cuentas bancarias, rentas, salarios y, posteriormente, contra bienes más difíciles de hacer líquidos, como los inmuebles.

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