El banco que financia mi compra de oficina de farmacia, me exige que en el contrato de arrendamiento del local figure la referencia catastral. ¿Es tan importante? 

La referencia catastral es útil, entre otras cosas, para localizar claramente el local que es objeto de arrendamiento. Por eso es natural que el banco esté interesado en que se señale correctamente, e incluso que se acredite con un certificado, o copia de un recibo de I.B.I. 

Por otra parte, la propia Ley del Catastro Inmobiliario, en su artículo 38, exige que se haga constar esta referencia en los documentos donde consten los hechos, actos o negocios de trascendencia real relativos al dominio y demás derechos reales, contratos de arrendamiento o de cesión por cualquier título del uso del inmueble, de modo que sí, en el contrato de arrendamiento debe constar la referencia catastral. 

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