Tiempos agitados para la tributación en IRPF y otros impuestos

Los vientos que soplan últimamente en el gobierno están inspirando continuas sorpresas tributarias en las que podemos vernos implicados. Así, una de las intenciones más reiteradas ha sido la de crear el denominado “Impuesto sobre las Grandes Herencias” que, en resumen, duplica el texto del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, aplicando los tipos previstos a nivel estatal, para determinados importes, aunque se podría deducir lo abonado en la comunidad autónoma correspondiente. Así, todas aquellas autonomías que han casi eliminado el impuesto, sobre todo aludimos al ámbito familiar, verían que no solo sus ciudadanos vuelven a tener que tributar por este concepto, sucesiones o de grandes herencias, da igual, si no que, además, la recaudación correspondería al estado y no a la comunidad. 

No obstante, por el momento, la reforma no incluye el impulso de este nuevo impuesto, de modo que por ahora ha desaparecido del horizonte. Pero tiempo al tiempo. 

En cuanto al IRPF, la intención inicial parecía concretarse en una subida en los dos últimos tramos de la escala de gravamen de la base imponible del ahorro, subida que se ha quedado finalmente en subir el tipo correspondiente a partir de los 300.000.-€ en dos puntos, con lo que se elevaría al 30 % de gravamen. 

También ha habido novedades en el IRPF de las provincias vascas, donde cabe destacar el acuerdo para modificar los tramos de tributación de la base imponible del ahorro, y dando entrada al tipo del 26 % a partir de 120.000.-€, y del 27 % a partir de 240.000.-€ 

Así, desde un punto de vista de la aplicación del IRPF sobre las ganancias patrimoniales puestas de manifiesto en la transmisión de una oficina de farmacia y, sobre todo, para aquellos que ya tienen la transmisión en marcha, pendientes de firmar sus escrituras, es recomendable que tomen medidas para que sus operaciones no pasen del 31 de diciembre.  

Temas > Artículos, Fiscalidad, La farmacia en España