El efecto del RD 2402/2004: diferentes farmacias diferentes efectos

Las reflexiones del Ministerio de Sanidad y Consumo en torno al futuro del sector farmacéutico plasmadas en «Plan Estratégico de Política Farmacéutica para el Sistema Nacional de Salud Español: Por un uso racional del Medicamento«, han dado lugar a la publicación en el B.O.E. de un nuevo «Real Decreto 2402/2004, de 30 de diciembre, por el que se desarrolla el artículo 104 de la Ley 25/1990, de 20 de diciembre, del Medicamento, para las revisiones coyunturales de precios de especialidades farmacéuticas y se adoptan medidas adicionales para la contención del gasto farmacéutico«.

RESUMEN DE LAS MEDIDAS ADOPTADAS

Las medidas de este RD son múltiples. Sin intención de menoscabar ninguna de ellas, nos centraremos en las cuatro que consideramos más importantes:

1ª.   El Precio de Venta de Laboratorio (en adelante PVL) de las especialidades farmacéuticas se reduce un 4,2% en el año 2005, y un 2% en el año 2006. Quedan fuera de esta bajada en precios las especialidades afectadas por la aplicación del sistema de precios de referencia, así como las de PVL igual o inferior a 2 euros (según fuentes del Ministerio esta bajada afecta incluso a las Especialidades Farmacéuticas Publicitarias (en adelante EFP)).
2ª.   El margen de los almacenes farmacéuticos en la distribución de las especialidades farmacéuticas queda fijado de la siguiente forma:Hasta ahora el margen de los almacenes farmacéuticos de distribución era de un 9,6% del precio de venta almacén sin impuestos, para aquellas especialidades con . PVL = 78,34″. Para las especialidades que superaban este precio existía un margen fijo por envase de 8,32″.
3ª.   El margen profesional de las oficinas de farmacia por dispensación y venta al publico de especialidades farmacéuticas se fija:Se ha suprimido el párrafo introducido por el RDL 5/2000, por el que las Especialidades Farmacéuticas Genéricas (en adelante EFG) tenían fijado el margen en el 33% s/ PVP sin impuestos.
4ª.   Se actualiza la escala de deducciones sobre la facturación mensual (PVP IVA) de especialidades farmacéuticas con cargo a fondos públicos introducida por el RDL 5/2000, quedando de la siguiente forma:Esta nueva tabla incide de forma menos acusada en la farmacias de menor facturación, mientras que incide de forma más acusada en las farmacias de mayor facturación.

LOS EFECTOS DE LAS MEDIDAS EN EL PRECIO DE LOS MEDICAMENTOS: EL ANÁLISIS DE LOS EFECTOS POR SEPARADO.

Sin duda, las medidas adoptadas van a suponer, por lo menos a corto plazo, una bajada en precio final de la mayoría de las especialidades.

Por ejemplo, veremos que ocurre con una Especialidad Farmacéutica con PVL = 89,62″. Los cuadros siguientes nos muestran su evolución en los próximos dos años:

Se puede observar que el PVP IVA de esta especialidad que el 2004 era de 100?, baja en el año 2005 un 5,25%, y un 3,06% para el año 2006.

En cuanto al margen bruto real para el farmacéutico, a pesar que en porcentaje no varía ni para el 2005 ni para el 2006, en unidades monetarias la cantidad recibida por el farmacéutico como consecuencia de la venta de la especialidad se ve reducida también un 5,25% para el 2005 y un 3,06% para el 2006.

LOS EFECTOS DE LAS MEDIDAS EN LA CUENTA DE RESULTADOS DE LA FARMACIA: EL ANÁLISIS CONJUNTO DE LOS EFECTOS.

La pregunta que se hacen todos los farmacéuticos es cómo va a verse afectado su patrimonio como consecuencia de estas nuevas medidas.

Parece evidente que estas nuevas medidas, cuanto menos, va a producir cierta inquietud en el farmacéutico comprador que ve que periódicamente aparece nueva normativa que va castigando paulatinamente el resultado del farmacéutico con oficina de farmacia.

Los efectos sobre la demanda de oficinas de farmacia son difíciles de pronosticar a priori ya que la percepción de cada comprador es diferente en cada caso y, por lo tanto, va a estar dispuesto a pagar una cantidad diferente en la compra de su oficina de farmacia. Se necesita un periodo de entre seis y doce meses para observar el comportamiento de la demanda y la variación en el patrimonio del farmacéutico vendedor.

No obstante, lo que sí se puede es intentar definir la variación en el valor de la oficina de farmacia desde una perspectiva financiera.

La incidencia de los efectos es diferente dependiendo del volumen de facturación de la oficina de farmacia. En farmacias que no estaban afectadas con anterioridad por el RDL 5/2000, la nueva tabla del RD tampoco le va a afectar. Determinadas farmacias afectadas con anterioridad por el RDL 5/2000 se van a ver beneficiadas por la nueva tabla del RD 2402/2004, pero otras de mayor volumen se verán perjudicadas.

El análisis realizado sobre cuatro farmacias de facturación diferente nos proporciona el resultado de la evolución del beneficio o margen neto de la farmacia en los próximos dos años:

En el gráfico anterior podemos observar la bajada en beneficio que se produce en el primer año 2005. En las farmacias pequeñas, las medidas del RD que le afectan son en su mayoría de signo negativo, mientras que tanto para la farmacia mediana como para la farmacia grande los efectos negativos se ven compensados por la aplicación de la nueva tabla de deducciones que sustituye a la del RDL 5/2000. En el lado opuesto, se encuentra la farmacia muy grande en la que los efectos negativos que afectan a todas las farmacias se ven agravados por una tabla de deducciones que «castiga» más el beneficio.

En todas las farmacias se producen dos efectos: caída en la facturación y descenso del margen neto o beneficio. La unión de ellos produce efectos cruzados que afectan a la caída en el margen neto de la farmacia. En la siguiente tabla veremos los efectos por separado y de forma conjunto para la Farmacia Muy Grande después de los dos años:

Una mirada al futuro

Parece que va a seguir siendo en los próximos años una «obsesión» para la Administración, mantener en niveles controlados los incrementos de la partida del gasto farmacéutico. Por lo tanto, no descartamos nuevas medidas de «recorte» tendentes a conseguir este objetivo.

A pesar de ello, siguen existiendo razones para seguir siendo optimistas sobre la salud del sector farmacéutico, sector que, por otra parte, suele ser «refugio» en momentos de desaceleración del crecimiento de la economía.

El farmacéutico con oficina de farmacia podrá seguir ganando lo mismo que estaba ganando hasta ahora con su explotación de farmacia. Únicamente necesitará profesionalizar un poco más su actividad desde el punto de vista de una gestión comercial mucho más activa, que genere más ingresos pero con un margen más contenido.

En cuanto al efecto real de este RD en la explotación, el farmacéutico, según avancen los meses, irá materializando lo que hasta ahora son sólo impresiones.

Del mismo modo, los farmacéuticos compradores todavía van a estar propensos a pagar un alto precio por una farmacia, ya que al carecer de datos, algunos se sienten incapaces de evaluar la caída en la rentabilidad. Parece, por lo tanto, que el farmacéutico vendedor está en el momento óptimo para conseguir el mayor valor de realización en el mercado por la venta de su farmacia. Dentro de uno o dos años será tarde, al disponer el comprador de la incidencia real de este RD.

Lo que en cualquier caso se muestra como una necesidad acuciante, debido a la incertidumbre que generan estas medidas, será disponer de un buen profesional que asesore y acompañe al farmacéutico en cada una de sus actuaciones.

Temas > Artículos, Fiscalidad, Jurídico