Riesgos jurídicos: Legitimación activa en la venta de oficina de farmacia I.

El concepto de»interlocutor en la negociación? no coincide necesariamente con el de»interlocutor válido? en la operación.
· El concepto de»interlocutor en la negociación? no coincide necesariamente con el de»interlocutor válido? en la operación.

· Aunque, desde la perspectiva de la negociación, nos solemos encontrar con alguien que ostenta una clara posición dominante, con una evidente influencia decisoria, es frecuente la dependencia de las partes respecto de terceras personas no presentes, aparentemente, en la operación.

· Ignorar esta posibilidad, puede implicar, como mínimo, serios contratiempos en el proceso de cierre de las operaciones, trastornos que incluso pueden superar el mero ámbito documental o procedimental, llegando a afectar a la propia viabilidad de la operación.

· El vendedor que pretenda transmitir su oficina de farmacia ha de asegurarse de que cuenta con»el pleno dominio y la libre facultad de disposición? respecto a los bienes objeto de la operación.

Esta posición del farmacéutico transmitente, puede ser vulnerada con relativa sencillez, lo que viene demostrado por un gran número de ejemplos que suceden a diario.

· Una de las causas que influyen notablemente en el origen de este tipo de problemas viene relacionada por la circunstancia de que en el derecho farmacéutico coexisten dos conceptos: titularidad de la oficina de farmacia, y propiedad, que no coinciden necesariamente en la misma persona o que son compartidos por otras personas, incluso no farmacéuticos.

· Así, los casos más evidentes son el matrimonio en sociedad de gananciales, donde uno de los cónyuges puede ser titular de la oficina de farmacia mientras que el otro, quizá no farmacéutico, sí tendrá la condición de propietario a efectos del Derecho Civil, y la propiedad de la farmacia concedida con carácter transitorio a los herederos del farmacéutico fallecido.

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· Además, se dan otras circunstancias en las que el farmacéutico vendedor no tiene ese pleno dominio, o no tiene la libre facultad de disposición, como en los siguientes casos, también estudiados en la próxima serie de fichas:

1. Hipoteca mobiliaria o inmobiliaria sobre los bienes objeto de transmisión.

2. Contratos de arrendamiento financiero o leasing.

3. Expositores en depósito en la oficina de farmacia.

4. Existencia de personas con algún derecho de adquisición preferente sobre los bienes:colindantes, copropietarios, familiares o empleados farmacéuticos, el retracto convencional, falta de autorización administrativa de transmisión.

· Cuando hablamos de»mi farmacia? quizá no estemos teniendo debidamente en cuenta la posible existencia de estas otras circunstancias. En las próximas fichas, Farmaconsulting analizará las diferentes posibilidades que pueden afectar a la legitimación activa del vendedor: no pasarlos por alto podrá ahorrar a los farmacéuticos problemas mucho más serios de los que imagina.

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