El Constitucional publica la sentencia que anula la libre colegiación andaluza

 El Tribunal Constitucional (TC) ha hecho pública la sentencia dictada el pasado enero (ver GACETA MÉDICA, 25 de enero de 2013) declarando la inconstitucionalidad y la nulidad de la Ley del Parlamento de de Andalucía 10/2003 de 6 de noviembre reguladora de los Colegios Profesionales, en la que, entre otros aspectos, se contemplaba la libre colegiación de los profesionales que trabajaban para la administración pública.

Como ya anunció, el fallo (ver adjunto) sigue la misma línea que los dictados sobre la misma legislación en Asturias y Extremadura, estimando el recurso presentado por el Ejecutivo presidido por José María Aznar en 2003 y reiterando que son las organizaciones colegiales las que tienen competencia con "carácter exclusivo" para ordenar las profesiones mientras que las comunidades son "meros empleadores" de los profesionales sin otro control que el puramente laboral.

Además, según ha reseñado el presidente del Consejo General de Enfermería, Máximo González Jurado, el TC afirma que sí es competencia de las Cortes Generales establecer qué profesiones deben tener colegiación obligatoria pero, una vez decididas cuales son, serán estas propias profesiones las que se autorregulen y establezcan sus buenas prácticas y su deontología, algo que estas entidades vienen reclamando tras conocer el borrador de la futura Ley de Servicios Profesionales que sí incluye a los sanitarios que tengan contacto con el paciente como sujetos a esta obligación.

 

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