El margen para productos sanitarios será del 21% para la farmacia y del 6% para la distribución

Los márgenes para la farmacia y para la distribución para los productos sanitarios diferirán de aquellos márgenes establecidos para los medicamentos. Así, estos márgenes se situarán, de manera general (precio industrial máximo igual o inferior a 59 euros), en el 21 por ciento para la oficina de farmacia y en el 6 por ciento para las empresas de distribución farmacéutica. Así lo recogen los artículos 51 y 52 del proyecto de Real Decreto de Financiación y Precio de Medicamentos y Productos Sanitarios que será estudiado por los representantes sanitarios de las diferentes comunidades autónomas durante el próximo Consejo Interterritorial del SNS que se celebrará a finales de mes.



A este respecto, cabe destacar que en el caso que los productos sanitarios superen los 59 euros, se establece un margen por envase fijo, que en el caso de las oficinas de farmacia será de 16,69 euros por envase y en el de la distribución 3,77 euros

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