Limitar la edad para pedir una licencia de farmacia es inconstitucional

El Tribunal Constitucional no considera «justificable´´ que la ley de Ordenación Farmacéutica de Aragón limite la edad para pedir una licencia de farmacia y prohíba a los mayores de más de 65 concurrir a los concursos de apertura de nuevos establecimientos. Rechaza los argumentos de la comunidad, que alega que a partir de los 65 años no es previsible una prestación del servicio farmacéutico duradera y de calidad.

El texto legal de 1999 fue recurrido en primera instancia por un grupo de farmacéuticos afectados ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, que desestimó el recurso de los demandantes.

La sentencia argumenta que la limitación de edad impuesta colisiona con el artículo 14 de la Constitución, que establece la igualdad de los españoles ante la Ley, «sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social´´. A juicio de los magistrados, «no resulta constitucionalmente admisible justificar la prohibición contenida en la norma en que a los 65 años se produzca una merma de la aptitud y capacidad necesarias para desempeñar la asistencia farmacéutica´´.

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