Castilla-La Mancha aprueba la nueva Ley de Farmacia

El pleno de las Cortes de Castilla-La Mancha aprobó el 16 de junio la Ley de Ordenación del Servicio Farmacéutico de la región sin el consenso del PP ni de algunos empresarios, que, al finalizar el deate, manifestaron que esta norma les hará perder derechos con respecto a otras regiones.
El pleno de las Cortes de Castilla-La Mancha aprobó el 16 de junio la Ley de Ordenación del Servicio Farmacéutico de la región sin el consenso del PP ni de algunos empresarios, que, al finalizar el deate, manifestaron que esta norma les hará perder derechos con respecto a otras regiones.

No obstante, el consejero de Sanidad, Roberto Sabrido, aseguró que esta norma legislativa cumple las expectativas de los usuarios y farmacéuticos de contar en la comunidad autónoma con un servicio de calidad y cercano a los ciudadanos. Según explicó. «la norma mantiene el espiritu de la Ley de Farmacia de 1996, en el cual se establece que la oficina de farmacia es, ante todo, un servicio de interés público y no un mero servicio mercantil», y agregó que el proyecto del Gobierno regional garantiza «una asisitencia farmacéutica de calidad, accesible a los ciudadanos y con la participación activa del profesional farmacéutico para lograr un uso racional del medicamento».

Ante la disconformidad del PP y de algunos empresarios, el titular de la sanidad regional resaltó que el texto ha sido ampliamente consesuado, como así lo han manifestado públicamente presidente y miembros de colegios profesionales, asociaciones de farmacéuticos, asosciaciones de consumidores y la federación de municipios y provincias, También cuenta con el informe favorable del Consejo Económico y Social y del Consejo Consultivo.

Con la nueva Ley, se podrán abrir 78 nuevas farmacias, que se unirán a las 1.167 actuales, «para dotar a nuestra región de una red de oficinas que llegue al rincón más aislado de esta región, con 80.000 kilómetros cuadrados de superficie y con la densidad de población mas baja de España».

Las nuevas autorizaciones de instalación y funcionamiento de las oficinas de farmacia se seguirán adjudicando por mérito y capacidad mediante concurso público, «que regularemos con el desarrollo de un futuro decreto, cuya elaboración haremos en común acuerdo con los sectores directamente implicados», recalcó Sabrido.

Según el consejero, en la nueva ley se permite la cotitularidad, con una participación de, al menos, un 25%; la transmisión se regula de modo libre, salvo el límite de seis años para transmitir desde la apertura o desde el último cambio de titularidad, excepto para los nucleos de menos de 500 habitantes, para los que este límite será unicamente de tres años; y las autorizaciones de las oficinas de farmacia caducarán al cumplir sus titulares 75 años. Además, en caso de fallecimiento, se permite la continuidad de la actividad de la oficina de farmacia cuando el conyuge o los hijos del titular se encuentren estudiando farmacia y hayan manifestado la voluntad de adquirir la titularidad de ésta.

La norma impone la obligación de incorporar un adjunto cuando el titular de la oficina de farmacia cumpla 70 años de edad, para la instalación de farmacias se modifica el módulo general hasta 1.800 habitantes y también el de resto de población, una vez cubierto el número de farmacias, basándose en el módulo principal, pasando de 1.000 a 1.500, lo que supone un 50% más.

La distancia entre farmacias pasa de 150 a 250 metros, excepto para los nucleos con población inferior a 5.000 habitantes, en los que se mantiene la exigencia de 150 metros.

El Farmacéutico

01-07-2005

Temas > Actualidad, Ordenación farmacéutica


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