El «BOE´´ recoge el texto definitivo de la Ley General de Salud Pública

Dicha publicación, pone fin a un debate entre Administración y profesionales del sector en el que se pedía que el documento realzase el papel de las oficinas de farmacia como agentes sanitarios y su rol colaborador con las administraciones sanitarias.

Finalmente, como ha quedado recogido en el texto definitivo, las dos alusiones relativas a farmacia aparecen en los artículos 22 (en el apartado 2) y 24 (apartado 1). En el primero, dedicado la prevención de enfermedades y la promoción de la salud en los servicios sanitarios, se recoge el siguiente enunciado: «Las Administraciones sanitarias establecerán procedimientos para una coordinación efectiva de las actividades de salud pública que se desarrollen en un área sanitaria determinada con las realizadas en atención primaria, atención especializada, atención sociosanitaria, los servicios de prevención que realizan la vigilancia de la salud y cuando fuere preciso con los servicios de salud laboral así como para la colaboración con las oficinas de farmacia´´.

Mientras, en el artículo 24, lo que se fija es que «las Administraciones sanitarias podrán prever la colaboración de las oficinas de farmacia, centros o establecimientos de veterinaria o de otros servicios sanitarios comunitarios en los programas de salud pública´´.

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