El sector cree que el modelo sale reforzado tras el fallo sobre el «caso austriaco»

CGCOF y FEFE creen que los argumentos de Luxemburgo fortalecen su defensa El secretario general de la PGEU dice que tras la sentencia ‘hay que ser optimistas’

El sector farmacéutico español considera que la sentencia del Tribunal de Luxemburgo sobre el caso de las clínicas dentales de Austria, en la que el tribunal falló contra el informe del abogado general Yves Bot, al considerar desproporcionadas las medidas establecidas por la legislación austriaca al establecer restricciones a la concesión de autorizaciones para la apertura y explotación de estas clínicas, refuerza la defensa del modelo español de farmacia.

En este sentido, el presidente del CGCOF, Pedro Capilla, manifestó a EG que esta sentencia era una ‘buena noticia’, a pesar de que falla en contra de la opinión del mismo abogado general que informó sobre el ‘caso italiano’, un informe esperanzador para las aspiraciones de los farmacéuticos españoles. Según Capilla, el fallo demuestra que ‘las cosas deben ordenarse por la Administración en beneficio de los administrados, y en el caso austriaco no se hacía así porque las medidas restrictivas eran desproporcionadas’.

Para él, la legislación austriaca ‘no tiene nada que ver con la legislación de ordenación farmacéutica que existe en España, y demuestra las medidas restrictivas que establece nuestro país en su modelo farmacéutico están pensadas en beneficio de los ciudadanos’.

Por otro lado, indicó que otro de los puntos cuestionados por Luxemburgo, los diferentes criterios establecidos por los lands austriacos para obtener las autorizaciones de apertura y explotación, no tienen nada que ver con los diferentes criterios de planificación farmacéutica que establecen las comunidades autónomas españolas. ‘En nuestro país existe una ley estatal que fija unos mínimos y unos máximos, y en esos márgenes se mueven las comunidades autónomas para atender mejor las necesidades de sus ciudadanos’.

En este sentido, la ley estatal a la que se refiere Capilla, la Ley 16/1997 de regulación de servicios de las oficinas de farmacia, indica que los módulos de población mínimos para el establecimiento de nuevas farmacias quedan fijados ‘en 2.800 habitantes por oficina’, aunque se ofrece ‘la posibilidad de ampliación hasta 4.000 habitantes’. Igualmente, respecto a la distancia mínima entre farmacias señala que ‘teniendo en cuenta criterios geográficos y de dispersión de la población será, con carácter general, de 250 metros’. Eso sí, establece que ‘las comunidades autónomas, en función de la concentración de la población, podrán autorizar distancias menores entre las mismas y establecer limitaciones a la instalación de oficinas de farmacia en la proximidad de los centros sanitarios’.

Sobre este aspecto también se pronunció la presidenta de FEFE, Isabel Vallejo, que precisó que era esta ley estatal, que establece criterios máximos y mínimos, geográficos y demográficos, la gran diferencia entre cómo actúan los lands austriacos y cómo las comunidades autónomas españolas. Para ella, la sentencia refuerza la defensa del modelo español porque reitera que ‘los Estados tienen competencias para regular, siempre que esté justificado, como es el caso de la farmacia española, sus sistemas de salud’. Para la presidenta de la patronal la pregunta clave es: ‘¿Pueden regular los gobiernos?’ y, según ella, esta sentencia reitera que ‘sí pueden’.

Sin embargo, Vallejo sí cree que en el tema de los baremos es posible que en España se tenga que ir hacia una ley estatal para fijarlos. ‘Es posible que haya que hacer algún ajuste, y ese podría ser los baremos, pero en líneas generales la sentencia no hace daño a la defensa del modelo español’.

Por otro lado, el secretario general de la PGEU, John Chave, también se mostró satisfecho con el fallo. ‘En líneas generales la sentencia es positiva porque establece que las restricciones de establecimiento aplicadas a los servicios sanitarios no son automáticamente incompatibles con la normativa europea’.

Asimismo, aseguró que ‘al mismo tiempo establece que las restricciones se deben de aplicar de manera congruente y objetiva, y ése es el caso de las reglas de establecimiento de la farmacia. Por eso, debemos ser optimistas’.

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