La jubilación forzosa llega para los farmacéuticos

No hay límite de edad para comprar una farmacia, pero el permiso administrativo expira cuando el farmacéutico alcanza los 75 años.

Hasta ahora no estaba regulado, pero las CC.AA. empiezan a determinar a qué edad debe jubilarse el farmacéutico, o al menos, ser ayudado obligatoriamente por un adjunto. Para algunos profesionales esta limitación es un «agravio». Los dos principales motivos que hay detrás de estas normas más restrictivas son: garantizar siempre la mejor atención y dejar hueco a las nuevas generaciones que quieren optar a ser titulares.

La jubilación está regulada para la mayoría de los trabajadores, especialmente si hablamos de los sanitarios. Sin embargo, en el sector de los farmacéuticos, en su régimen de autónomos, ha existido hasta ahora un vacío al respecto que poco a poco comienzan a llenar cada una de las comunidades autónomas en sus respectivas leyes de ordenación farmacéutica. Regular esto es una competencia que se ha transferido a los gobiernos autonómicos, y éstos hacen lo que les corresponde, con más o menos acierto, en opinión de los profesionales de cada comunidad, algunos satisfechos, otros indignados. La primera polémica que surge en este debate sobre si hay que limitar o no el ejercicio de la profesión hasta una edad determinada es acerca de las diferencias que se crean entre los profesionales españoles según vivan en un lugar u otro. Un farmacéutico en Canarias puede estar al frente de su oficina de farmacia de forma indefinida (aunque tiene que incorporar un adjunto al cumplir los 70), mientras que en Castilla- La Mancha se le retira la licencia a los 75 años y en Asturias aún es antes, a los 70. Se trata de un asunto de base que no cabe ya en el debate porque es asumido por todos que forma parte de las competencias de los gobiernos autonómicos. Le toca el turno a cada consejo autonómico de colegios de farmacéuticos, que debe lidiar para conseguir el modelo que, a su juicio, sea el más justo.

Desde el Consejo General de Farmacéuticos (CGCOF), el vocal de Oficina de Farmacia, Teodomiro Hidalgo, vierte su opinión al respecto, no sin antes matizar que es un asunto que no corresponde al Consejo debatir. Considera que «la regulación está bien con la flexibilidad suficiente como para no generar situaciones injustas». Reconoce, asimismo, que es un tema que «provoca agravios para la gente de cierta edad que no tenían sus derechos limitados cuando empezaron en esto». Pero añade que «también hay que tener en cuenta la opinión de toda la gente joven que está pidiendo un hueco en el mercado y quieren tener acceso a la titularidad de la oficina de farmacia».

Son las dos caras de una misma moneda que han quedado patentes de forma muy reciente en Asturias. Allí se ha producido el último gran debate sobre este asunto que ha precedido a la aprobación de la Ley de Ordenación Farmacéutica, que salió adelante la semana pasada en el parlamento autonómico. Tal y como ha quedado finalmente la norma, se trata de una de las más restrictivas en lo que a limitación de ejercicio por edad se refiere. Establece la jubilación a los 65 años, aunque, de hecho, el profesional podrá seguir ejerciendo hasta los 70 puesto que se le dan cinco años de margen para que haga todos los trámites de transmisión de la oficina de farmacia durante los cuales él puede seguir al frente de la misma. El texto final es un término medio entre lo que propuso al principio el gobierno regional socialista (65 años para la jubilación y tres más para la transmisión), y lo que pedían grupos de la oposición como el PP (70 años para la jubilación, más otros tres para la transmisión). Se incluye, además, una disposición transitoria que establece que el profesional «excepcionalmente podrá continuar como titular de la oficina de farmacia durante el tiempo necesario para alcanzar el periodo máximo de cotización con el límite máximo de cinco años». El resultado no agrada al Colegio de Farmacéuticos de Asturias, que hasta el mismo día que se aprobó la ley tenía aún «expectativas de que hubiera algún cambio a mejor de última hora», y asegura que «esa disposición y el aumento de tres a cinco años para la transmisión de la oficina de farmacia son medidas paliativas pero que no solucionan el problema». El diputado del PP de Asturias, Carlos Galcerán, opina que «cuando en Europa se está planteando la posibilidad de que la gente voluntariamente trabaje hasta los 70, no se puede ir hacia atrás y hacer una ley tan restrictiva», que además «incide directamente en la vida profesional de personas con capacidades mentales extraordinarias y que es una pena perderlas». Mientras, el diputado socialista Faustino Álvarez defiende que «la Administración debe tener el mismo rasero a la hora de valorar los años hasta los que se puede desempeñar una función en el ámbito público y el privado, y ya que en el primero son los 65 años, debía ser igual porque además la licencia es una concesión que hace la Administración, y debe tener un tratamiento equiparable». El portavoz de CC.OO., Luis Álvarez, señala que en el sector público se permite a «profesionales con idéntico nivel de cualificación continuar trabajando hasta los 70 años, aunque, eso sí, de forma voluntaria» por lo que, a su juicio, es justo que a todos los profesionales se les dé la misma opción.

Una de las dudas que se plantean ante estas restricciones es si responde a que en la comunidad se han registrado casos de mala atención farmacéutica por la irresponsabilidad de un profesional que se empeña en ejercer hasta cuando ya no está en condiciones de hacerlo. El diputado socialista Faustino Álvarez explica que no es así. Sin embargo, apunta que «es responsabilidad del Parlamento legislar para que evitar que se puedan producir en el futuro esos hechos no deseados». Álvarez asegura que la norma final es «un punto de encuentro de todos los implicados» ya que, junto a los titulares que no están conformes, también se ha considerado «la opinión de la gente joven que quiere tener perspectiva de poder incorporarse alguna vez a esas autorizaciones».

En Castilla-La Mancha existe desde hace más de un año la limitación de ejercicio a los 75 años. Al principio la norma causó estupor entre algunos profesionales. Sin embargo, ahora están satisfechos y el balance de estos meses es positivo. El presidente del Colegio de Farmacéuticos de Toledo, Ignacio Calero, explica que «no es que no haya personas que a los 75 años no puedan estar perfectamente, pero tampoco hay que prolongar indefinidamente la actividad».

En otras comunidades, como Canarias, no se impone un tope al ejercicio, pero sí se obliga a partir de cierta edad a incorporar un adjunto a la farmacia. El presidente del Colegio de Farmacéuticos de Tenerife, Guillermo Schwartz, dice que están contentos con esta norma, que es una de las más permisivas. Aunque asegura que, en su opinión, debería revisarse el régimen de autónomos al que se obliga a los farmacéuticos porque «a veces se obliga a estirar la vida laboral por las bajas pensiones que quedan después». Se lamenta de que una de las críticas que se hace a los profesionales es que «se forran con la venta de la farmacia», pero esto, dice, es «la manera» que les queda de conseguir su fondo de pensiones. Está seguro de que, «si se solucionase con pensiones públicas, muchos farmacéuticos preferirían retirarse cómodamente a los 65 años y devolverían la licencia a la Administración sin tener que meterse en líos de ventas».

No comparte esta idea el presidente del Consejo Andaluz de Colegios Oficiales de Farmacéuticos, Manuel Arenas. «La pensión depende de lo que hayas querido cotizar, y lo que uno gana con la venta de la farmacia es perfectamente lícito porque es un patrimonio que has ido generando durante toda la vida», opina. En Andalucía el anteproyecto de la Ley de Farmacia es similar al de la normativa canaria, ya que incluye la obligación de poner adjunto a los 70 años, pero no establece la retirada de la licencia. Según Manuel Arenas, «sería injusto que al final de la vida un profesional tenga que dejar su farmacia de buenas a primeras, aunque sí está bien que alguien le ayude».

Una edad máxima para concursar, límite razonable

Otro de los límites que imponen algunas comunidades es el de una edad máxima para concursar por la titularidad de una oficina de farmacia. En Castilla-La Mancha, el máximo está en los 65 años. El presidente del Colegio de Toledo, Juan Ignacio Calero, responde a los que piensan que esto es injusto de forma tajante: «La injusticia es sólo para quienes quieren hacer algo que no es ético». En Canarias no existe límite, pero el presidente del Colegio de Tenerife, Guillermo Schwartz, asegura que «es evidente que quien concursa a los 70 años no tiene como finalidad iniciar una nueva actividad, sino conseguir algo para una tercera persona». Quizá los casos como esos sean los que colocan en el punto de mira a los titulares y obligan a legislaciones más restrictivas a que garanticen que no se produzcan en ningún punto del territorio.

El Global

12-03-2007

Temas > Actualidad, Ordenación farmacéutica


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