El Tribunal Constitucional vuelve a dejar en vigor la subasta andaluza

El Tribunal Constitucional ha levantado este jueves la suspensión cautelar que dictó contra la subasta de medicamentos andaluza.

 

El auto, que deja por tanto en vigor la subasta hasta que se dicte una sentencia definitiva, rechaza de lleno todos los argumentos del Abogado del Estado que defendía que la subasta reduce los derechos de los pacientes al eliminar fármacos de la prestación pública, perjudica la unidad del SNS y genera riesgo de desabastecimiento de fármacos al obligar a dispensar, en caso de recetas por principio activo, únicamente la marca o genérico que haya resultado adjudicataria de la subasta para cada molécula.

El Constitucional opina que, al contrario de lo defendido por el Estado, la norma lanzada desde la consejería liderada por María Jesús Montero respeta completamente la filosofía de las leyes estatales, al obligar a dar el fármaco más barato. Concretamente explica que "siendo el criterio general [estatal] la prescripción por principio activo y la dispensación atendiendo al menor coste posible, no se alcanza a comprender" que la subasta andaluza "centrada en medicamentos prescritos por principio activo y dispensados atendiendo a su coste, suponga un perjuicio irreparable".

UN AHORRO 44 MILLONES PARA 2012

El auto añade que además Andalucía ha cifrado el posible ahorro por la subasta en 44 millones de euros para este año y 200 millones de euros en ejercicios posteriores y que este ahorro "es tanto más relevante si se toma en consideración el contexto de crisis económica y financiera de nuestro país", lo que obliga a recordar el deber de todas las administraciones públicas de adoptar medidas en favor de la reducción del gasto público.

Aunque en todo momento el Tribunal Constitucional desvincula estas reflexiones de su decisión final, que vendrá en forma de sentencia, sorprende ya cómo advierte de que existe una gran diferencia entre el catálogo gallego de medicamentos y la subasta andaluza, explicando que el catálogo sí podría afectar a normas estatales al limitar la capacidad de prescripción, pero la subasta no.

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