El precio de los medicamentos dispensados con cargo al SNS bajará un 7,5%
Las farmacias aplicarán una deducción del 7,5 % en el precio de venta al público de los medicamentos de uso humano fabricados industrialmente que se dispensen con cargo al Sistema Nacional de Salud (SNS), según establece el Real Decreto-Ley de reducción del déficit público.
Para la rebaja y reparto entre todos los agentes de la cadena farmacéutica, se precisa que la distribución «aplicará una deducción del 7,5 por ciento sobre el precio de venta del distribuidor, correspondiendo al laboratorio farmacéutico aplicar igualmente una deducción del 7,5 por ciento sobre el precio industrial máximo´´.
La norma, que hoy publica el BOE, también recoge la constitución de una central de compras de medicamentos, a la que podrán unirse las CCAA que lo deseen.
En cuanto a la aplicación de la escala de márgenes, deducciones y descuentos correspondientes a la distribución y dispensación de medicamentos fijada en 2008, ésta se efectuará una vez aplicadas las deducciones citadas en el precio.
Convertir farmacias de pueblos muy pequeños en botiquines, a estudio
Colegios de farmacéuticos estudian la viabilidad de extender la iniciativa extremeña de convertir farmacias de pueblos de menos de 500 habitantes en botiquines. La futura extensión de esta medida vendría de la mano de los farmacéuticos rurales, que están promoviendo en las juntas de Gobierno de los colegios este tipo de iniciativas para dar viabilidad económicas a los rurales.
El caso más destacado es el del COF de Sevilla, cuya junta en pleno ha apoyado una doble propuesta de la Vocalía de Rurales, que lidera Jesús Muñoz. Por un lado se pide la desaparición de boticas en municipios de menos de 500 habitantes, ‘que pasarían a ser botiquines adscritos a la población más próxima y que no volverían a entrar en concurso’. Y, por otro, sugieren que se puntúe en el baremo el número de guardias nocturnas obligatorias realizadas durante el año.
La jubilación forzosa llega para los farmacéuticos
No hay límite de edad para comprar una farmacia, pero el permiso administrativo expira cuando el farmacéutico alcanza los 75 años.
Hasta ahora no estaba regulado, pero las CC.AA. empiezan a determinar a qué edad debe jubilarse el farmacéutico, o al menos, ser ayudado obligatoriamente por un adjunto. Para algunos profesionales esta limitación es un «agravio». Los dos principales motivos que hay detrás de estas normas más restrictivas son: garantizar siempre la mejor atención y dejar hueco a las nuevas generaciones que quieren optar a ser titulares.
La jubilación está regulada para la mayoría de los trabajadores, especialmente si hablamos de los sanitarios. Sin embargo, en el sector de los farmacéuticos, en su régimen de autónomos, ha existido hasta ahora un vacío al respecto que poco a poco comienzan a llenar cada una de las comunidades autónomas en sus respectivas leyes de ordenación farmacéutica.
Andalucía aumenta la edad de jubilación a los 70 años
El anteproyecto de Ley de Ordenación Farmacéutica de Andalucía ha sido modificado con la inclusión de algunas de las alegaciones que habían presentado diversos representantes del sector, entre ellos el Consejo Andaluz de Colegios de Farmacéuticos. De este modo, se han corregido artículos como los referentes a la edad de jubilación o el periodo mínimo que debe transcurrir para transmitir una oficina de farmacia.
El anteproyecto de Ley de Farmacia (LFA) recoge, desde el pasado 23 de junio, algunas de las alegaciones que el Consejo Andaluz de Colegios de Farmacéuticos realizó a la Consejería de Salud de la Junta. De este modo, el texto pasará a ser analizado por parte del Consejo Económico y Social de Andalucía.
Como ya publicó este periódico (ver EL GLOBAL nº 303), el anteproyecto de la LFA ha contado con las alegaciones de diferentes representantes del sector, como el Consejo Andaluz de Farmacéuticos, Ceofa, o la Plataforma para el Modelo Mediterráneo de Farmacia.
Extremadura elimina la fijación de un precio mínimo para transmitir
El Proyecto de Ley de Ordenación Farmacéutica (LOF) de Extremadura ha iniciado su andadura hacia el trámite parlamentario. Ocho meses después de la aparición del primer borrador de anteproyecto, y tras incorporar algunas propuestas del sector, el texto legal fue aprobado la semana pasada por el Consejo de Gobierno.
Cuando se apruebe en el Parlamento autonómico, de mayoría socialista, la norma sustituirá a la Ley 3/1996, de Ordenación Farmacéutica, cuya reforma era obligada por la sentencia de 2003 del Tribunal Constitucional que declaró imposible prohibir transmitir, pero sí poner límites. La Consejería ha optado por hacer un nuevo texto que incluya otras novedades además de adaptar la LOF al fallo judicial.
El principal cambio del proyecto de ley respecto al borrador de octubre de 2005 es que elimina el derecho de la Administración de fijar el valor mínimo de transmisión de la oficina.
Castilla-La Mancha aprueba la nueva Ley de Farmacia
El pleno de las Cortes de Castilla-La Mancha aprobó el 16 de junio la Ley de Ordenación del Servicio Farmacéutico de la región sin el consenso del PP ni de algunos empresarios, que, al finalizar el deate, manifestaron que esta norma les hará perder derechos con respecto a otras regiones.
No obstante, el consejero de Sanidad, Roberto Sabrido, aseguró que esta norma legislativa cumple las expectativas de los usuarios y farmacéuticos de contar en la comunidad autónoma con un servicio de calidad y cercano a los ciudadanos. Según explicó. «la norma mantiene el espiritu de la Ley de Farmacia de 1996, en el cual se establece que la oficina de farmacia es, ante todo, un servicio de interés público y no un mero servicio mercantil», y agregó que el proyecto del Gobierno regional garantiza «una asisitencia farmacéutica de calidad, accesible a los ciudadanos y con la participación activa del profesional farmacéutico para lograr un uso racional del medicamento».
Castilla-La Mancha: no hay jubilación pero sí caducidad
Los profesionales coinciden en que el proyecto está consensuado y Sabrido anuncia 70 nuevas farmacias.
Castilla-La Mancha ha retirado del anteproyecto de Ley de Ordenación del Servicio Farmacéutico de Castilla-La Mancha, que está a punto de entrar en las Cortes para iniciar su tramitación, la jubilación forzosa del titular de farmacia y lo ha sustituido por la caducidad de la autorización cuando cumpla 75 años y la obligación añadida de contratar a un adjunto a partir de los 70 años.
Con este cambio, y una vez que entre en vigor la nueva LOF- cuando acabe el trámite parlamentario- los farmacéuticos titulares de 70 años tendrán un plazo de tres meses para contratar a un adjunto.
Al establecer la caducidad, Castilla-La Mancha ha seguido la estela de Galicia, que establece la caducidad de la autorización cuando el titular cumpla 70 años.
