Qué hacer para salir airosos de las inspecciones de farmacia
Hacer inspecciones periódicas de la farmacia que contemplen controles de temperatura y caducidades, conservación de recetas y documentos son puntos clave.
El derecho a la salud es uno de los que más está protegido en nuestro sistema legislativo. Por ese motivo y, con el objetivo de garantizar la eficiencia, calidad y seguridad de la asistencia sanitaria, se realizan inspecciones que buscan velar porque en las oficinas de farmacia se cumplan las normas que buscan proteger este derecho. Y no son algo excepcional. Solo en el año 2021 se realizaron en la Comunidad de Madrid más de 12.000 inspecciones de farmacia.
El pasado 9 de febrero de 2022 se publicó en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid el Plan de Inspección de Sanidad para el año 2022.
Respecto a las autoinspecciones, deben hacerse de forma periódica. En ellas se deben revisar aspectos fundamentales, como por ejemplo, comprobar las condiciones de temperatura, humedad y luz para la correcta conservación de los medicamentos y productos sanitarios. El control diario de la temperatura es uno de los aspectos más importantes, ya que en la Comunidad de Madrid el no hacer un adecuado seguimiento de esta puede acarrear una sanción entre leve y grave, que puede llegar a alcanzar los 15.000 euros.
Otros aspectos que se deben comprobar en la autoinspección son el control de la caducidad de los medicamentos y productos sanitarios o la conservación de las recetas durante 3 meses en el caso de recetas privadas, 2 años para las de psicotrópicos y 5 años para las de estupefacientes y veterinaria. También es importante que los estupefacientes estén custodiados siempre bajo llave, mantener el local limpio y ordenado o cumplir con los horarios asignados de apertura.
Así mismo, el farmacéutico debe contar también en la farmacia con documentación obligatoria, como la Farmacopea española con sus suplementos, el libro de estupefacientes, el libro recetario, el Formulario Nacional o el catálogo de medicamentos. Estos documentos deben contar con sus versiones actualizadas y no es obligatorio que estén disponibles en formato papel si se cuenta con una versión digital de los mismos.
Un punto que puede resultar más conflictivo por estar abierto a más interpretación es el de la publicidad. La Comunidad de Madrid, Canarias, Murcia y Melilla son muy restrictivas en este sentido, no permitiendo ningún tipo de publicidad de la oficina de farmacia, mientras que otras, como Cataluña, Castilla la Mancha o Ceuta no establecen restricciones.
También es importante en la inspección que realice el farmacéutico evaluar aspectos como la presencia de cartelería adecuada en la oficina de farmacia, la concordancia entre el plano del local de farmacia informado y la realidad, identificar al titular de la oficina a la entrada, identificar a los profesionales que trabajan con su grado de cualificación o en el caso de venta a distancia de medicamentos de uso humano no sujetos a prescripción a través de una página web mantener durante dos años un registro de los pedidos suministrados.
Nunca sin receta
También se ha incidido en el hecho de que el acta de inspección tiene presunción de veracidad, por lo que recomienda leerla siempre muy atentamente y si no se está de acuerdo con alguna de sus apreciaciones ponerlo de manifiesto y realizar cualquier corrección o matización que consideren oportuno, ya que esto facilitará posteriormente la defensa en caso de propuesta de sanción.
¿Y qué pasa en otras comunidades?
En principio no existen diferencias sustanciales, dado que las obligaciones del farmacéutico y los requisitos técnicos de la oficina de farmacia son similares en todas las comunidades autónomas. Aunque luego puede haber alguna diferencia, como cuando se realiza una inspección por cambio de titularidad, como explica Félix Ángel Fernández, abogado y Subdirector General de Farmaconsulting. “Cada comunidad tiene sus procedimientos, incluso podríamos encontrar diferencias entre provincias de una misma comunidad. Al final, siempre se depende de la opinión de inspectores concretos, y cada uno pone el énfasis en los aspectos que considera más importantes”.
También es posible encontrar diferencias sustanciales en las cuantías de las sanciones. Un caso concreto es, por ejemplo, en Andalucía con respecto a las sanciones impuestas cuando el adjudicatario de un concurso público de una nueva oficina renuncia a la adjudicación y que se sanciona con una infracción muy grave, que no es nunca inferior a los 15.000 euros.
Félix Ángel Fernández explica que en las inspecciones para una transmisión también hay particularidades en cada comunidad, aunque en general estas no son muy serias. “A excepción del País Vasco, donde la transmisión está condicionada por un concurso de méritos entre los eventuales adquirientes. Por lo demás, las diferencias más destacables se pueden encontrar, en lo que a transmisiones se refiere, en la necesidad o no de solicitar permiso previo a la transmisión, los plazos que suelen pasar hasta la obtención de los oportunos permisos de transmisión o funcionamiento, el importe de las tasas y el volumen de documentación que se tiene que presentar”.